El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos se adoptó el 16 de diciembre de 1966 y entró en vigor en 1976 y obliga a los Estados que lo ratifiquen, a adoptar las medidas legislativas o de otro carácter para hacer efectivos los derechos establecidos en él .
Así, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos recoge en su artículo 1 el principio de libre determinación de los pueblos, no mencionado en la Declaración Universal; no es casual que ello se haya dado de esta manera, si tenemos en cuenta que en 1960 comienza la llamada "Década de la descolonización en Naciones Unidas" motivada por la decisión firme de la Organización de finalizar con todas las situaciones de dominación colonial.
El Pacto fija expresamente la obligación para los Estados de garantizar por igual los derechos a hombres y mujeres. Al igual que la Declaración Universal protege el derecho a la vida pero adopta disposiciones que restringen la pena de muerte, y establece normas que impiden la ampliación de dicha pena capital a delitos por los cuales no estaba contemplada en los Estados; esto señala que el Pacto, si bien no prohibe la pena de muerte, marca una clara intención hacia la abolición de la misma.
Los derechos que efectivamente el Pacto agrega a los contemplados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, además de la libre determinación de los pueblos, son el derecho a la propia vida cultural; a practicar su religión y emplear su propio idioma a los miembros de minorías étnicas, religiosas o idiomáticas; la prohibición de la prisión por deudas; y el derecho de todo niño a la nacionalidad y a recibir medidas de protección por su condición.
Un Estado puede atravesar, por diversos motivos, circunstancias excepcionales en las cuales se ve forzado a suspender las obligaciones que posee en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos pero, el propio Pacto señala que esa situación debe ser excepcional (si está en peligro la vida de la Nación) y establece que algunos derechos no pueden suspenderse bajo ningún motivo


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